Llevábamos mucho tiempo esperando que esta modificación llegara, y hoy 26 de junio de 2026 ya es una realidad al verse publicada en el BOE nº 155.
Ya es oficial. El BOE ha publicado el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, en materia de protección a usuarios vulnerables de la vía. Su publicación conlleva una importante modificación del Reglamento General de Circulación que introduce cambios relevantes para conductores, ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal y peatones. Se trata de una reforma amplia que actualiza numerosos preceptos para adaptarlos a la movilidad actual y reforzar la seguridad vial.
Entre las novedades más destacadas se encuentra la regulación del carril de emergencia en autopistas y autovías. A partir de ahora, cuando se produzca una retención, los conductores deberán posicionar sus vehículos de forma que se genere un espacio libre para facilitar el paso de los vehículos prioritarios. Además, cuando exista nieve en la calzada, será obligatorio circular por el carril más a la derecha y dejar libres los carriles de la izquierda para los servicios de emergencia y quitanieves.
La reforma también incorpora importantes novedades para las motocicletas. En determinados tramos previamente señalizados se permitirá circular por el arcén derecho cuando exista una retención, siempre a una velocidad máxima de 30 km/h, en fila de uno y extremando la precaución.
En materia de adelantamientos se refuerza la protección de los usuarios vulnerables. Para adelantar a ciclistas será obligatorio realizar un cambio completo de carril cuando existan varios carriles por sentido y mantener siempre una distancia mínima de seguridad de 1,5 metros. Además, fuera de poblado, el vehículo que adelante deberá reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía para minimizar el riesgo sobre el ciclista. Estas mismas obligaciones se extienden al rebasamiento de vehículos inmovilizados en la vía.
Los vehículos de movilidad personal también experimentan importantes cambios y seguro que eran los más esperados por todos. Fin a la inseguridad normativa existente y normas más claras para todos. Se mantiene la prohibición de circular por autopistas, autovías y determinadas vías interurbanas, pero además pasa a ser obligatorio el uso del casco homologado y, transcurrido un año desde la entrada en vigor de la norma, deberán llevar el alumbrado encendido también durante el día.
Otra de las novedades más relevantes afecta a los motoristas, que deberán utilizar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado que cubra completamente el pie. También se introducen nuevas obligaciones relativas al uso de chalecos reflectantes para determinados conductores y profesionales.
La reforma incorpora además un nuevo Título VI dedicado íntegramente a la circulación en zonas urbanas, regulando aspectos relacionados con bicicletas, vehículos de movilidad personal, peatones, zonas de bajas emisiones, caminos escolares seguros y competencias municipales en materia de movilidad urbana.
Para cualquier opositor a Policía Local, Guardia Civil o Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, esta modificación supone un cambio muy relevante. Muchas de estas novedades son susceptibles de convertirse en preguntas de examen desde su entrada en vigor, por lo que estudiar con un temario actualizado resulta imprescindible.
En Academia Dreamer seguimos analizando cada modificación normativa para que nuestros alumnos preparen la oposición con información totalmente actualizada.
«Porque no es suficiente con estudiar mucho, es necesario estudiar bien.»
PINCHA AQUI para DESCARGAR el dOcumento completo: BOE- real decreto 518/2026