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Claves de la Reforma de la Ley de Seguridad Vial 2025: Guía Esencial para Opositores

¡Que no te pille por sorpresa la nueva ley!

¡Hola DREAMER! Sabemos que el camino del opositor es exigente y que cada cambio legislativo es un nuevo desafío. Por eso, hemos preparado esta guía para que domines las últimas modificaciones a la normativa de tráfico.

La Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible, que entra en vigor el 5 de diciembre de 2025, ha introducido cambios importantes en el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LSV). El objetivo de este documento es desglosar estas novedades de forma clara y directa, centrándonos en aquellos puntos que tienen más probabilidades de aparecer en tu examen.

Vamos a analizar, paso a paso, qué ha cambiado y, lo más importante, cómo debes enfocarlo para asegurar esos puntos clave. Empecemos por el cambio más conceptual de todos.

  1. El Gran Cambio Conceptual: ¿Dónde ha ido la «Movilidad Sostenible»?

Explicación del Cambio

La principal consecuencia de la nueva Ley 9/2025 es que el concepto de «Movilidad Sostenible» se extrae de la Ley de Seguridad Vial. ¿Por qué? Porque ahora la movilidad sostenible tiene su propia ley dedicada, lo que permite que cada normativa se especialice en su ámbito.

El objetivo es separar las competencias: la Ley de Seguridad Vial se centrará en el tráfico y la seguridad, mientras que la nueva ley gestionará de forma específica todo lo relativo a la movilidad sostenible.

Cómo Afecta a los Órganos Clave

Este cambio conceptual se refleja directamente en el nombre de dos órganos fundamentales. La siguiente tabla lo resume perfectamente:

 

Órgano

Cambio principal

Consejo Superior –     Antes: Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

–     Ahora: Consejo Superior de Tráfico y Seguridad Vial.

Conferencia Sectorial –     Antes: Conferencia Sectorial de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

–     Ahora: Conferencia Sectorial de Tráfico y Seguridad Vial.

Las implicaciones prácticas de esta modificación para el Consejo Superior de Tráfico y Seguridad Vial (artículo 8) son directas y fáciles de recordar:

  • Funciones: Sus planes, dictámenes e informes ahora se centran exclusivamente en tráfico y seguridad vial. Se elimina cualquier mención a la movilidad sostenible.
  • Composición: Se elimina la mención a entidades directamente relacionadas con la movilidad sostenible en su composición, aunque el resto de los miembros se mantiene.

Ahora que entendemos este cambio estructural, pasemos a la novedad más importante y con más detalle práctico de toda la reforma.

  1. La Novedad Más Importante para Exámenes: El Nuevo Apartado 8 del Artículo 12

Esta es, sin duda, la modificación que debes dominar. La adición de un apartado 8 al artículo 12 («Obras y actividades prohibidas») introduce nuevas obligaciones para los organizadores de ciertos eventos y es una fuente muy probable de preguntas de examen.

Dos Tipos de Eventos, Nuevas Reglas

El nuevo artículo 12.8 regula dos escenarios muy concretos que hasta ahora no estaban especificados en la ley:

  1. Eventos que ocupan la vía:

◦ Se refiere a actividades recreativas, turísticas o tradicionales (como romerías o desfiles) que no son competiciones deportivas pero que necesitan ocupar total o parcialmente la calzada.

◦ La clave aquí es la obligación de comunicación previa por parte de los organizadores para que la autoridad competente pueda gestionar el tráfico.

  1. Eventos que generan grandes desplazamientos:

◦ Este es el caso de eventos que, aunque no ocupan la vía directamente, provocan un movimiento masivo de personas y vehículos que afecta a la fluidez y seguridad del tráfico.

◦ Ejemplos claros son macroconciertos, ferias o festivales.

◦ Aquí también se exige una comunicación previa para que las autoridades puedan planificar un dispositivo de tráfico adecuado.

Lo que DEBES memorizar del Artículo 12.8

Para un examen tipo test, hay tres datos cruciales que debes grabar a fuego:

  • Plazo de comunicación: La comunicación a la autoridad competente debe realizarse con una antelación mínima de 10 días hábiles.
  • Nueva obligación telemática: Los organizadores deben comunicar por medios telemáticos el inicio y fin del uso de la vía para su publicación en el punto de acceso nacional en materia de tráfico.
  • Autoridad competente: La comunicación se dirige a la Jefatura Central de Tráfico o a la autoridad autonómica o local responsable en materia de seguridad vial.

Aunque este es el cambio estrella, la reforma incluye otras modificaciones menores que también conviene tener en el radar.

Autoridad competente: La comunicación se dirige a la Jefatura Central de Tráfico o a la autoridad autonómica o local responsable en materia de seguridad vial.

Aunque este es el cambio estrella, la reforma incluye otras modificaciones menores que también conviene tener en el radar.

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  1. Otros Cambios Relevantes que Debes Conocer

Aquí agrupamos el resto de modificaciones de forma concisa para que puedas repasarlas de un vistazo.

Cambio de Nombre en el Título II, Capítulo I

  • El nombre del capítulo cambia de «Normas generales» a «Normas de comportamiento en la circulación«.
  • Nota para opositores: Es un cambio puramente nominal, pero es el típico detalle que puede marcar la diferencia en una pregunta de examen.

Nuevos Datos en el Anexo VI para Vehículos Pesados

  • Se incorporan nuevos datos técnicos obligatorios para vehículos pesados en el Anexo VI, relacionados con su impacto ambiental y características técnicas.
  • Los cuatro nuevos datos son:
      1.     ◦ Clase por emisiones de CO2
      2.     ◦ Fecha de reclasificación
      3.     ◦ CO2 en g/tkm
      4.     ◦ Masa máxima en carga técnicamente admisible
  • Esto afecta especialmente a ITV, fichas técnicas y clasificación ambiental.

Más Competencias para el Gobierno

  • Se modifica la disposición final segunda para habilitar al Gobierno a modificar no solo el anexo II, sino también el anexo relativo al cuadro de umbrales para identificar a un vehículo como «gran emisor».
  • Este cambio refuerza la capacidad del Gobierno para adaptar la normativa nacional a las directivas europeas, como la Directiva (UE) 2022/362que ha motivado esta reforma.

Con estos puntos cubrimos toda la reforma. Ahora, vamos a sintetizarlo todo en un resumen final para el repaso de última hora.

  1. Resumen Final: Las 5 Claves de la Reforma

Si te quedas sin tiempo o quieres hacer un repaso rápido antes del examen, concéntrate en estos cinco puntos. Son la esencia de la reforma de la LSV para 2025.

  1. Desaparece «Movilidad Sostenible»: El concepto se elimina del nombre y de las funciones de los dos órganos principales: el Consejo Superior y la Conferencia Sectorial. Ahora se centran solo en tráfico y seguridad vial.
  2. Nuevo Artículo 12.8: Se crea una nueva regulación para eventos recreativos que ocupan la vía y para aquellos que generan grandes desplazamientos. La obligación clave es comunicar su celebración con 10 días hábiles de antelación.
  3. Nuevo Título de Capítulo: El Capítulo I del Título II cambia de nombre a «Normas de comportamiento en la circulación«.
  4. Ampliación del Anexo VI: Se añaden cuatro nuevos parámetros técnicos obligatorios para vehículos pesados, relacionados con las emisiones de CO₂ y la masa del vehículo.
  5. Nuevas facultades para el Gobierno: El ejecutivo recibe la competencia para poder modificar el anexo de «grandes emisores«, lo que le permite una mayor agilidad normativa.

¡Mucho ánimo con el estudio! Dominar estos cambios te acerca un paso más a tu objetivo.


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