Se entrega a la Policía Local el conductor que llevó a un hombre sobre el capó de su coche por Cáceres.
¿Sabes la diferencia de conducción temeraria y conducción «homicida»?….. y si te entra en un tipo test…. ❓ 🚔
📖.La principal diferencia radica en la gravedad de la conducta y la actitud del conductor:
- Artículo 380 – Conducción Temeraria
- Se sanciona a quien conduzca con temeridad manifiesta y ponga en concreto peligro la vida o la integridad de las personas.
- Se considera manifiestamente temeraria si se superan determinados límites de velocidad o se conduce bajo la influencia del alcohol o drogas.
- Penas: Prisión de 6 meses a 2 años y privación del derecho a conducir de 1 a 6 años.
- Artículo 381 – Conducción Homicida
- Es una forma agravada de la conducción temeraria, donde el conductor actúa con manifiesto desprecio por la vida de los demás.
- Se castiga con penas más severas porque la conducta implica un mayor grado de intencionalidad o indiferencia ante el riesgo.
- Penas: Prisión de 2 a 5 años, multa de 12 a 24 meses y privación del derecho a conducir de 6 a 10 años.
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1. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre la conducción temeraria es correcta?
A) Solo se considera temeraria si hay un resultado lesivo.
B) Se exige que la temeridad sea manifiesta, pero no es necesario que haya peligro concreto.
C) Para ser delito, basta con que el conductor infrinja normas de tráfico.
D) Es necesario que haya temeridad manifiesta y que se ponga en concreto peligro la vida o integridad de las personas.✅
2. ¿Cuál es el principal elemento diferenciador entre los delitos de conducción temeraria (art. 380) y conducción homicida (art. 381)?
A) El artículo 380 solo se aplica si hay víctimas mortales.
B) En el artículo 381, la conducción debe realizarse con manifiesto desprecio por la vida de los demás. ✅
C) En el artículo 381, la conducción debe realizarse bajo los efectos del alcohol o drogas.
D) El artículo 380 tiene penas más graves que el 381.
3. ¿Cuál de las siguientes penas NO se aplica al delito de conducción homicida del artículo 381?
A) Prisión de 2 a 5 años.
B) Multa de 12 a 24 meses.
C) Privación del derecho a conducir de 6 a 10 años.
D) Inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión relacionada con la conducción.✅
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